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15 de abril de 2011

El Economista

Los economistas exigen sacar a la persona física de la regulación concursal

Las personas físicas no pueden soportar un procedimiento concursal con la complejidad y costes previstos para resolver insolvencias de empresarios o autónomos, por lo que deben quedar fuera de la solución concursal tal y como está definida en la reforma".
Así lo defendió ayer Leopoldo Pons, presidente del Registro de Economistas Forenses, durante la presentación de un avance del documento de urgencia de propuestas a la reforma concursal que el Consejo General del Colegio de Economistas está preparando para su discusión parlamentaria -la fase de enmiendas al proyecto de reforma de la Ley finaliza el 19 de abril-.
Criticó, de este modo, que la reforma no ha modificado la regulación de los concursos de acreedores de particulares, a pesar de las recomendaciones que hizo oficialmente en febrero el Consejo General del Poder Judicial.
Consideró además, que debe primar la resolución de situaciones de sobreendeudamiento de particulares a través de mecanismos de mediación "aprovechando la nueva Ley de Mediación, -aprobada el pasado viernes por el Consejo de Ministros-, para incorporar esas situaciones de indefensión en una fórmula que no sea la solución procesal concursal".

Acuerdos paraconcursales

Por otra parte, Pons solicitó que la futura regulación concursal incluya títulos específicos para tratar tanto los acuerdos de refinanciación de deuda, con el objetivo de conseguir que sean una verdadera solución para evitar las situaciones concursales, como los convenios an- ticipados.
Además, pidió una intervención explícita del operador judicial en ambos procesos y no "una simple homologación o supervisión del secretario judicial como se prevé ahora en la reforma".

Impulsar el convenio

Otro de los puntos que se contemplarán en el documento que preparan los economistas, se refiere a la necesidad de "impulsar soluciones concursales de convenio, tanto para supuestos de viabilidad como de liquidación". Y es que, a su juicio "el modelo concursal mantenido en la reforma, no fomenta esta solución, porque no deja suficiente albedrío a las partes e impone límites legales". Asimismo, se quejan de la excesiva duración del concurso dado el tiempo de espera entre el incidente, el recurso de alzada y la resolución.
Por último, indicó Pons que "no parece afortunada la regulación de la institución de la Administración Concursal, dado que la Ley no puede establecer un catálogo cerrado sobre quiénes deben ser los administradores, sino sólo dar criterios generales, pues se trata de situaciones cambiantes constantemente, de forma que corresponde al juez determinar en cada caso qué tipo de administrador es necesario".
También asistió a la rueda de prensa Valentí Pich, presidente del Consejo General del Colegio de Economistas, que señaló que, "la economía española está congelada" y de ahí la importancia de la reforma de Ley Concursal, ya que "uno de los elementos que permitirán superar el paro y la deuda externa son las regulaciones jurídico-económicas".

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