Hacienda alivia la fiscalidad de las quitas de deuda para sociedades
Las empresas que acuerden una reducción de deuda con sus acreedores no tendrán que pagar por ello a Hacienda
El Gobierno ha introducido una enmienda de última hora en el Senado a
la Ley de medidas de fiscalidad medioambiental y otras medidas
tributarias para introducir una excepción a la limitación en la
compensación de bases imponibles negativas en relación a la quitas tanto
si el acuerdo se alcanza en el seno de un proceso concursal como si no.
Hasta ahora, debido la limitación de la compensación de bases
imponibles negativas en el impuesto de sociedades aprobada el año
pasado, las empresas en dificultades que lograban un acuerdo de quita de
deuda con sus acreedores tenían que tributar por esa quita en el
impuesto ya que era considerada una plusvalía. “Esto entorpecía en
ocasiones los procesos concursales”, explican fuentes del Ministerio de
Hacienda. A partir de la entrada en vigor de la norma estas empresas no
tendrán que tributar por la quita. La Ley de fiscalidad medioambiental
que recoge esta enmienda será aprobada mañana jueves en el Congreso y
entrará en vigor cuando se publique en el Boletín Oficial del Estado
(BOE).
Aunque la medida no afecta exclusivamente a las empresas en proceso
de concurso de acreedores va dirigida fundamentalmente a empresas del
sector inmobiliario, concesionarias de autopistas o las que operan en
regímenes energéticos con prima como las renovables. La medida, por
ejemplo, también podría afectar a empresas como Pescanova.
Esta enmienda que mejora la fiscalidad de las quitas de deuda tendrá
un leve carácter retroactivo ya que será aplicable a partir del 1 de
enero de 2013.
Fuentes del ministerio de Hacienda precisan que la enmienda busca
extender la medida a todas las quitas para que no afectan solo a las
empresas inmersas en un concurso de acreedores. Además, la enmienda
pretende aclarar que la limitación a la compensación de las bases
imponibles negativas no opera respecto de la parte de ingresos
extraordinarios correspondientes a quitas consecuencia de un acuerdo con
los acreedores. En caso contrario, apuntan fuentes de Hacienda, la
quita supondría un ingreso y por tanto aumentaría la base imponible,
como existen lmitaciones a la compensación de bases imponibles
negativas, se perjudicarían las operaciones de refinanciación.
Es decir, esta medida pretende evitar que una empresa con graves
problemas financieros y que acumule una importante con acreedores logre
un acuerdo con estos para aplicar una quita y refinanciar la deuda y
tenga que pagar por ello a Hacienda.
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