Anticorrupción pide a la Audiencia que admita cuatro querellas contra Sousa
La Fiscalía Anticorrupción ha pedido al juez de la Audiencia
Nacional Pablo Ruz que admita a trámite la querella presentada contra el
ex presidente de Pescanova, Manuel Fernández de Sousa, y el consejero
Alfonso Paz-Andrade por presuntos delitos de falseamiento de información
económico-financiera, de las cuentas anuales, y uso de información
relevante.
El informe, ha sido presentado ante el Juzgado Central de
Instrucción nº 5 de la Audiencia Nacional. Anticorrupción solicita
además que se declare competente para investigar las querellas
formuladas contra diversos directivos de la empresa gallega.
Dos de esas querellas se dirigen contra Manuel Fernández de
Sousa, el consejero Alfonso Paz-Andrade, y el socio de la firma BDO
Auditores Santiago Sañé Figueres, en tanto que otras dos se dirigen
extensamente contra todos los miembros del consejo de administración de
las entidades Pescanova SA, BDO Auditores y Sabadell BS Bolsa FI, así
como contra la presidenta de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores
La fiscalía también solicita que se declaren en calidad de
imputados a los directivos Manuel Fernández de Sousa y Alfonso
Paz-Andrade, además de las empresas Inverpesca, Sociedad Gallega de
Importación de Carbones, Sociedad Anónima de Desarrollo y Control,
Transpesca, Nova Ardara Equities, Golden Limit e Iber-Comercio e
Industria, “exclusivamente” en relación con la presunta comisión de un
delito del art.285 del Código Penal.
En el texto se pide que se investigue a la multinacional
Pescanova por “un presunto delito de falseamiento de información
económico-financiera”, mientras que a los accionistas de la
multinacional pesquera José Alberto Barreras y José Antonio Pérez-Nievas
se les investigue por un “presunto delito de uso de información
relevante”.
Por otro lado, el juez del Juzgado
Mercantil número 1 de Pontevedra, Roberto de la Cruz Álvarez, ha dictado
un auto en el que desestima el recurso de reposición presentado por
Pescanova contra la decisión de apartar a Manuel Fernández de Sousa de
la dirección del grupo y contra el nombramiento de un único
administrador concursal.
El magistrado se ratifica en su resolución del pasado 25 de abril y
rechaza la pretensión de Pescanova de ser intervenida, en lugar de que
suspendiesen sus facultades patrimoniales, según señala el auto
judicial.
Por un lado, el juez rechaza el argumento de que esa suspensión tenga
relación directa con la posible liquidación de Pescanova, como sostiene
la empresa y, por otro, señala que “no pueden mantenerse las facultades
patrimoniales de un deudor cuyo órgano de dirección y representación no
es capaz de cumplir con la quizá más esencial de sus funciones, cual es
elaborar las cuentas anuales”.
En su auto, De la Cruz recuerda que “ni se ha cesado al Consejo de
Administración ni el deudor ha perdido la posibilidad de presentar su
propia propuesta de convenio”, y se hace hincapié en que
“administradores y apoderados del concursado tienen la obligación de
colaborar, informar y atender a los requerimientos del juez y de la
administración concursal”.
“Parálisis social"
El magistrado se refiere también a decisiones adoptadas por
Pescanova, como “no formular cuentas, no aceptar la auditoría, no
presentar los estados financieros o los calificados como errores de
información” que, en su opinión “serán decisiones más o menos correctas o
disculpables”, pero que “desde luego ponen de manifiesto un grado de
parálisis social, reforzada por las evidencias de discrepancias
internas”.
El titular del juzgado Mercantil también es muy crítico con otras
cuestiones, como el hecho de que no se promoviese la renovación del
presidente del Consejo de Administración (Manuel Fernández de Sousa), lo
que es “incompatible no sólo con la dirección rigurosa y única que debe
llevar un proceso concursal de esta envergadura, sino que choca
directamente con las virtudes que se hacen valer para defender un
sistema de mera intervención”.
“Lo más cómodo”, prosigue el auto, “hubiera sido adoptar el régimen
de intervención, pero esto, sencillamente, no resultaría responsable, a
la vista de lo expuesto”.
Finalmente, el juez también rechaza la pretensión de Pescanova de
nombrar un segundo administrador concursal porque, del escrito de
recurso “no se desprende cuál sea la real utilidad”. Antes bien,
considera que “podría aumentar el riesgo de bloqueo de la acción de la
administración concursal en caso de discrepancia”.
El recurso de reposición presentado por Pescanova, y ahora
desestimado, fue, a su vez, impugnado por la administración concursal,
por Corporación Económica Damm, Luxempart, Deustche Bank y Cooperatieve
Centrale Raiffesen-Boerenleenbank (Rabobank, sucursal en España)
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