Hacienda se blinda en los concursos de acreedores
La Agencia Tributaria venía advirtiendo las
dificultades de cobro con las que se encontraba en casos de empresas en
concurso, pese a su calidad de acreedor preferente. Y señalaba además
que mientras cantidades del IVA repercutido se sumaban a la deuda de las
compañías, estas reclamaban por otro lado la devolución correspondiente
del impuesto; es decir, Hacienda tenía que ponerse a la cola para
cobrar, pero debía efectuar el pago de las devoluciones.
La ley no trata tanto en este aspecto de corregir
un problema de fraude como de mejorar la capacidad recaudatoria de la
Agencia Tributaria. Entre otras cuestiones, se establece la
responsabilidad subsidiaria de los administradores de empresas en
concurso y se impide el aplazamiento o fraccionamiento de las deudas
tributarias que tengan la consideración de créditos contra la masa (los
que primero se pagan y en los que Hacienda es acreedor preferente).
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