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2 de noviembre de 2012

La Voz de Galicia

Hacienda se blinda en los concursos de acreedores

 La Agencia Tributaria venía advirtiendo las dificultades de cobro con las que se encontraba en casos de empresas en concurso, pese a su calidad de acreedor preferente. Y señalaba además que mientras cantidades del IVA repercutido se sumaban a la deuda de las compañías, estas reclamaban por otro lado la devolución correspondiente del impuesto; es decir, Hacienda tenía que ponerse a la cola para cobrar, pero debía efectuar el pago de las devoluciones.
La ley no trata tanto en este aspecto de corregir un problema de fraude como de mejorar la capacidad recaudatoria de la Agencia Tributaria. Entre otras cuestiones, se establece la responsabilidad subsidiaria de los administradores de empresas en concurso y se impide el aplazamiento o fraccionamiento de las deudas tributarias que tengan la consideración de créditos contra la masa (los que primero se pagan y en los que Hacienda es acreedor preferente).

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