Un juez obliga a Caixa Galicia a devolver a un hipotecado lo que le cobró por la cláusula 'suelo'
El titular del Juzgado 18 de Sevilla considera que no se informó bien a los clientes del impacto del contrato en caso de un descenso del euríbor
Un Juzgado Sevilla ha declarado nulo el acuerdo básico sobre la prestación de servicios de productos de inversión y el contrato de cobertura de tipos de interés sobre una hipoteca, la conocida como cláusula suelo, realizados por Caixa Galicia. Además, ha condenado a la entidad a devolver el dinero -más intereses- que el cliente tuvo que pagar de más por este contrato, que limitaba el impacto de las subidas del euríbor en las cuotas pero también sus descensos, lo que impidió al hipotecado beneficiarse del descenso que este indicador ha registrado en los últimos años. En la fecha en la que se firmó el contrato, julio de 2008, el euríbor estaba en niveles máximos sobre el 5%.
De esta forma, el juez considera que el cliente se puede calificar como minorista y que por ello la protección debió ser la máxima por imperativo legal, facilitándole por escrito la documentación relativa al producto que se iba a contratar, situación que no se produjo, agrega la sentencia, hasta el momento de la firma de la escritura pública ante notario, cuando se entregaron varias páginas con letra pequeña y conceptos técnicos.
Además, estima plausible entender que los hipotecados no conocieron adecuadamente la trascendencia que podría tener para ellos una posible bajada del euribor y que los términos del contrato les podrían haber hecho pensar que se estaba asegurando que no subieran las cuotas del préstamo en caso de variaciones en este indicador, que equivale al interés al que los grandes bancos europeos se prestan dinero entre sí y fija el precio de la gran mayoría de hipotecas variables en España.
En definitiva, el juez argumenta que este caso se basa en el error en el consentimiento, lo que debe propiciar la nulidad de ambos contratos y, en consecuencia, la anulación de los cargos efectuados hasta la interposición de la demanda con devolución de las cantidades y abono de sus intereses desde su cargo en cuenta hasta su completa devolución. Caixa Galicia, actualmente fusionada con Novacaixa, también deberá pagar las costas del proceso.
La decisión de este juzgado se suma a otra, también de un juzgado de Sevilla, el Mercantil número 2, que anuló las cláusulas suelo de las hipotecas de BBVA, Caixa Galicia y Cajamar en octubre del pasado año. Entonces, el juez consideró que entre los techos (los máximos intereses que debería asumir un hipotecado) y los suelos (los mínimos) existe un enorme desfase, ya que los máximos (de entre el 10% y el 15%) es difícil que se alcancen, mientras que los mínimos están fijados entre el 2,75% y el 3,25%. El euríbor se encuentra bajo estos límites desde 2009. Además, ya en febrero de este año, el Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid aceptó a trámite la mayor demanda colectiva presentada en España contra 45 entidades financieras por aplicar este tipo de cláusulas.
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