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19 de marzo de 2011

La reforma la Ley Concursal impulsará los acuerdos extrajudiciales de refinanciación

Se trata de que los concursos, antigua suspensión de pagos, sirvan para que las firmas puedan mantener su actividad y no para liquidarlas.
El Consejo de Ministros dio ayer luz verde al proyecto de reforma de la Ley Concursal del 2009, que ahora irá a las Cortes para su aprobación definitiva, y con el que se pretende -según explicó el vicepresidente primero, Alfredo Pérez Rubalcaba- favorecer los acuerdos previos de refinanciación de la deuda de las empresas, aumentando así sus posibilidades de viabilidad y descongestionando, a la vez, los juzgados de lo Mercantil. Se trata de que los concursos (antigua suspensión de pagos) sirvan para que las firmas puedan mantener su actividad y no para liquidarlas
En este sentido, el Ejecutivo pretende incrementar las alternativas a la suspensión de pagos de las empresas en dificultades, prestando especial atención a las soluciones preconcursales como vía para eludir la necesidad de acabar en el juzgado, ofreciendo al deudor una salida a su situación de insolvencia. Tales objetivos pasan por facilitar las propuestas anticipadas de convenio y también por la conclusión de acuerdos de refinanciación de la deuda entre la empresa y algunos de sus principales acreedores, con lo que se les dota de seguridad y garantía si eventualmente se tuviera que recurrir a concurso.
Asimismo, la reforma busca impulsar los acuerdos extrajudiciales de refinanciación, que posibilitarían la continuidad de la actividad empresarial. También permitirá extender dichos acuerdos a otros acreedores que no hubieran participado en ellos o incluso se hubieran pronunciado en contra, siempre que el objetivo de la refinanciación sea asegurar la continuidad de la actividad de la empresa y cuente con el respaldo de entidades financieras titulares de, al menos, el 75% de la deuda.a nueva legislación también avanza en la profesionalización de la administración concursal, pieza clave para descongestionar los juzgados, al dotársele de nuevas competencias. Así, por ejemplo, los administradores podrán subsanar los errores del listado de acreedores, lo que reducirá las demandas de incidentes concursales, que son la causa principal de los retrasos en los procedimientos.
Por último, también se pretende minimizar el impacto del concurso sobre los trabajadores.
Con el objetivo de reducir el coste y el tiempo del concurso, la reforma prevé que el juez pueda aplicar el procedimiento «abreviado o simplificado» si considera que el caso reviste «escasa complejidad». Esta alternativa simplificada del trámite también podrá usarse en el caso de que la empresa deudora presente una propuesta anticipada de convenio, de transmisión de la empresa o de cese de la actividad sin trabajadores a su cargo. El Ejecutivo prevé que el proyecto de reforma de la ley esté aprobado por el Congreso antes de verano.

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